Facturación para Centros de Día, Centro Educativo Terapéutico y Hogares para personas con discapacidad

¿Cómo calcular el monto a facturar?

Chequear por cada persona afiliada presentada la cantidad de módulos autorizados de acuerdo al mes que corresponda y la cantidad de prestaciones brindadas. Tener en cuenta los valores consignados más abajo.

Montos de valores de la Prestación >> 

Aumento 2024:
Resolución 1294/2024
Resolución 272/2024

Si tenés dudas podés consultar las últimas Resoluciones acá 

Para facturar cualquier  DIFERENCIA/AJUSTE con respecto a una facturación abonada previamente, realizar la presentación de la siguiente manera:

  1. Carátula del trámite tal cual fue descrita anteriormente, especificando que es la DIFERENCIA/AJUSTE con el MES PRESTACIONAL original.
  2. Factura y en el detalle aclarar:
    1. Que es DIFERENCIA y especificar el período correspondiente al cual van a facturar la diferencia.
    2. Colocar el número de Resolución vigente por la cual se permite facturar la DIFERENCIA.
    3. Mencionar el número de facturas a la que se hace referencia.
  3. Las copias de las facturas oportunamente presentadas y abonadas de la cuales se está haciendo referencia.
  4. Planilla de resumen mensual (firmada y sellada por la/el prestadora/or), del periodo que se quiere facturar la diferencia.
  5. Acta / autorización / prórroga vigente presentada de cada mes de la cual se está haciendo de referencia.
  6. Constancia de inscripción de AFIP/Inscripción vigente.
  7. Comprobante de CAE.

 Dudas frecuentes

● Pueden presentar la factura de la nueva Resolución a partir de OCTUBRE 2023 en cualquier Delegación.
La presentación de los ajustes se hace por cada mes por separado.
● Las facturas para dichos meses deberán haber sido presentadas en las Delegaciones al valor de la Resolución previa.
● Si aún no presentaron la factura podrán hacerlo a nuevo valor directamente.
● El cobro de la DIFERENCIA/AJUSTE es sobre el monto liquidado previamente; es decir, si hubo débitos aplicados sobre las facturas presentadas; el ajuste es calculado sobre el monto facturado menos los débitos aplicados.
● No olvidar que el período prestacional SEPTIEMBRE 2023 deberá ser facturado acorde a los nuevos valores.

 

Información para facturación de las prestaciones

Todo prestador debe presentar la documentación en la Delegación correspondiente a la localidad.

Recordar que es un trámite por cada tipo Afiliatorio: 

  • Un trámite para el total de afiliadas/os obligatorias/os en una factura con misma prestación.
  • Un trámite para el total de afiliadas/os voluntarias/os en una factura con misma prestación (recordar que son las/os afiliadas/os que finalizan en /92 o /95).
  • Un trámite para el total de afiliadas/os colectivas/os en una factura con misma prestación.

Documentación a presentar (en este orden):

  1. Carátula del trámite con nombre del Centro, CUIT, teléfono/mail de contacto, mes de facturación, ente, tipo de afiliación (Obligatorias/os, Voluntarias/os o Colectivas/os), cantidad de facturas, sus respectivos números y montos, número de facturas, total facturado.
  2. Factura original:
    1. Debe estar dirigida a IOMA con número de CUIT 30-62824952-7.
    2. IVA Sujeto Exento.
    3. No tener el CAE vencido.
    4. Se debe presentar una única prestación mensual por mes calendario (periodo desde… hasta…).
    5. La fecha debe ser a mes vencido (por ejemplo, si se factura el mes de abril 2023, la fecha de factura deberá ser mayo 2023).
    6. El monto total no puede estar ni corregido, ni enmendado, ni tachado.
    7. En el detalle debe constar cantidad de afiliadas/os, prestación, mes que se factura y Resolución por la cual se hace el cálculo del monto facturado.
  3. Planilla de Resumen mensual en original firmada y sellada por la/el prestadora/or: contendrá el listado de todas/os las/os afiliadas/os con cada número de afiliada/o, nombre y apellido, prestación, valor.
  4. Acta / Autorización / Prórroga vigente de cada una de las personas afiliadas presentadas a facturar. 
    1. En todas las facturaciones deben estar todas las prórrogas, actas o autorizaciones vigentes de cada concurrente.
    2. Las actas deben estar actualizadas (vigencia de la facturación correspondiente) presentado el original en el primer mes de facturación, o copia a partir del segundo mes facturado o subsiguiente. 
    3. Las prórrogas deben ser del año a facturar.
  5. Completar con la Planilla de Asistencia Diaria en el caso de facturar prestaciones ambulatorias.
    1. Con día, horario de entrada y salida.
    2. Firma de la/el profesional.
    3. Firma de la/el afiliada/o o madre/padre/tutora/or.
  6. Certificaciones afiliatorias actualizadas (pueden consultar acá)
  7. Constancia de opción de AFIP / inscripción vigente.