Escuela Especial para discapacidad visual

Para afiliados con patología de base de discapacidad visual sin componente agregado:

El niño con discapacidad visual (ciego o disminuido visual) sin otras deficiencias asociadas está en condiciones de recibir educación formal sistemática, debe participar del mismo currículo que sus compañeros videntes, aunque se hace necesario adaptar algunas actividades, recursos y materiales didácticos para lograr la comprensión y la integración de los conocimientos en un ambiente social normalizador.

Cobertura en establecimientos educacionales que brinden prestaciones de educación especial – gestión privada (dependientes de Dipregep) para personas con discapacidad visual.

Cobertura por sistema de integración: la institución prestadora, escuela especial para discapacidad visual, realiza la integración de los afiliados en escuelas comunes. El afiliado concurre a escuela común en los distintos niveles educativos y a contra turno a escuela especial para personas con discapacidad visual según cantidad horaria preestablecida.

La escuela especial para discapacidad visual se encarga de fortalecer destrezas y habilidades a través de manejo de braille, orientación y movilidad (entrenamiento en uso de bastón blanco), actividades básicas cotidianas, computación, comunicación aumentativa alternativa y otros.

La cobertura se puede solicitar desde los 4 años hasta los 18 años pudiendo extenderse hasta la finalización de la educación formal.

Modalidad de Cobertura: trámite por vía de Autorización.

Documentación necesaria

  • Presentación del DNI del afiliado.
  • Prescripción médica con carácter de derivación redactada por médico de cabecera y/o oftalmólogo.
  • Informe de admisión del establecimiento.
  • Plan de tratamiento propuesto por equipo del establecimiento.
  • Cronograma de actividades propuesto por el establecimiento.
  • Presupuesto propuesto por el establecimiento.

Renovación:
No hay que iniciar trámite, la renovación la realiza la Institución vía web.
Se evalúa la “cobertura por Prórroga” de Educación Especial en sus niveles inicial, EP, Formación Laboral y Apoyo a la Integración Escolar.

Condiciones y requisitos a cumplir por la Institución:

Los afiliados que en el periodo anterior contaron con autorización de IOMA podrán acceder a la “Prórroga de cobertura” siempre y cuando la Institución ingrese la información que será solicitada para la prórroga de cobertura del año en curso a través de esta web.

Instructivo para la carga>>

Prórroga cobertura 2018 para Escuela Especial >>

La cobertura por prórroga quedará supeditada al informe de la auditoría.

Documentación para RENOVACIÓN en Escuela Especial que no cumple con los requisitos de “Prórroga de Cobertura” estipuladas:

El afiliado debe iniciar el mismo trámite que para el inicio de la prestación.

Para afiliados con patología de base de discapacidad visual con componente agregado: visceral, mental, motor, auditivo:

El niño con discapacidad visual (ciego o disminuido visual) con deficiencia asociada (visceral, mental, motor, auditiva, trastorno de la personalidad) está en condiciones de recibir educación formal sistemática. En algunas oportunidades se hace necesario adaptar curriculum, actividades recursos y materiales didácticos para lograr la comprensión y la integración de los conocimientos en un ambiente social normalizador.
Otorgamos cobertura en establecimientos educacionales que brinden prestaciones de educación especial – gestión privada (dependientes de Dipregep) para personas con discapacidad visual y/o con déficit agregado mental, motor, auditivo, visceral, trastorno de la personalidad.
Además quedan cubiertas las sesiones especiales (Integración, Asesoramiento o tratamiento individual) a realizar por profesional capacitado (maestro integrador o profesor de ciegos y disminuidos visuales) en otros establecimientos de educación especial -encargados de abordar la patología agregada mental, motor, auditiva visceral, trastorno de la personalidad- o común de gestión pública o privada.

Otorgamos prestación por sistema de integración:

La escuela especial para discapacidad visual, realiza la integración de los afiliados en escuela común o especial (de acuerdo al déficit mental, motor, auditivo, visceral, trastorno de la personalidad del afiliado). El afiliado concurre a escuela común o especial en los distintos niveles educativos y a contra turno a escuela especial para personas con discapacidad visual según cantidad horaria preestablecida.
En caso de ser necesario se puede solicitar cobertura de sesiones especiales (integración, asesoramiento o tratamiento individual) a cargo de profesional capacitado (maestro integrador o profesor de ciegos y disminuidos visuales), prestación a realizarse en instituciones educativas públicas o privadas, de rama común o especial. El profesional brinda tratamiento de forma individual al afiliado en la escuela especial o común a la cual concurre y al mismo tiempo asesora al personal de la institución educativa.
Los profesionales de la escuela especial para discapacidad visual y los profesionales encargados de las sesiones especiales son los que deben fortalecer destrezas y habilidades a través de manejo de braille, orientación y movilidad (entrenamiento en el uso de bastón blanco), actividades básicas cotidianas, computación, comunicación aumentativa alternativa y otros.
Otorgamos cobertura desde los 4 años hasta los 18 años pudiendo extenderse hasta la finalización de la educación formal o ingreso en Centro de Formación Laboral, Taller Protegido o Centro de Día.

Modalidad de cobertura: trámite por vía de Autorización.

En caso de que el afiliado concurra a escuela especial (dependiente de Dipregep) para patología mental, motora, visceral, auditiva o de trastornos de la personalidad (y no a escuela común) se podrá solicitar dos modalidades de coberturas, en dos trámites independientes:

  • Cobertura de escuela especial (gestión privada) para discapacidad visual. En caso de ser necesario incluir en la presente solicitud el pedido de cobertura de sesiones especiales (integración, asesoramiento, tratamiento individual).
  • Cobertura de escuela especial (gestión privada) según déficit agregado mental, motor, auditivo, visceral y de trastornos de la personalidad.

La solicitud debe ser iniciada por el titular, una persona autorizada y/o quien acredite vínculo familiar, en la Delegación o Región de IOMA más cercana a tu domicilio.

Solicitud de Alta en escuela especial (gestión privada) para discapacidad visual

Documentación necesaria

  • Presentación del DNI del afiliado.
  • Prescripción médica con carácter de derivación redactada por médico de cabecera y/u oftalmólogo.
  • Informe de admisión del establecimiento.
  • Plan de tratamiento propuesto por equipo del establecimiento.
  • Cronograma de actividades propuesto por el establecimiento.
  • Presupuesto propuesto por el establecimiento.

En caso de solicitar sesiones especiales (integración, asesoramiento) incluir:

  • Informe de admisión
  • Plan de tratamiento
  • Cronograma de actividades
  • Presupuesto propuesto por profesional capacitado (maestro integrador o profesor de ciegos y disminuidos visuales).
  • Fotocopia de currículum y de certificaciones que acrediten la formación del profesional en tratamiento de personas con discapacidad visual.
  • Carta de Dirección de Escuelas declarando la falta de personal idóneo para realizar el tratamiento de la persona con discapacidad visual.
  • Comprobante formal de los acuerdos establecidos entre la escuela especial y el maestro integrador o profesor de ciegos y disminuidos visuales.
  • Carta de la inspectora de educación autorizando el ingreso del maestro integrador o profesor de ciegos y disminuidos visuales para realizar las sesiones especiales.

Solicitud de Alta en escuela especial para discapacidad neurolocomotora, mental, auditiva, visceral, trastornos de la personalidad (y sesiones especiales a realizarse en la institución)

Documentación necesaria

  • Presentación del DNI del afiliado.
  • Prescripción médica con carácter de derivación redactada por médico de cabecera y/o oftalmólogo.
  • Informe de admisión del establecimiento.
  • Plan de tratamiento propuesto por equipo del establecimiento.
  • Cronograma de actividades propuesto por el establecimiento.
  • Presupuesto propuesto por el establecimiento.

Renovación:
No tenés que iniciar trámite, la renovación la realiza la Institución vía web.

Se evalúa la “cobertura por Prórroga” de Educación Especial en sus niveles inicial, EP, Formación Laboral y Apoyo a la Integración Escolar.

Condiciones y requisitos a cumplir por la Institución:
Los afiliados que en el periodo anterior contaron con autorización de IOMA según lo estipulado en Resolución vigente, podrán acceder a la “Prórroga de cobertura” siempre y cuando la Institución ingrese la información que será solicitada para la prórroga de cobertura del año en curso a través del sitio Web del Instituto.

Instructivo para la carga >>

Prórroga de cobertura 2018 para Escuela Especial >>

La cobertura por prórroga quedará supeditada al informe de la auditoría central y/o en terreno.

Documentación para RENOVACIÓN en Escuela Especial que no cumplen con los requisitos de “Prórroga de Cobertura” estipuladas:

El afiliado debe iniciar el mismo trámite que para el inicio de la prestación.
Valores y modalidad de concurrencia cubiertos se rigen por Resolución.