Oxigenoterapia

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Acerca de la prestación >>

Solicitud de Alta
Documentación necesaria

  1. Planilla de Solicitud de Oxigenoterapia o Asistencia Ventilatoria cumplimentada con los requisitos solicitados según corresponda, firmada por el profesional tratante (excluyente: neumonólogo o especialista en vías respiratorias)
  2. Resumen de historia clínica
  3. Estudios complementarios: se detallan según equipamiento y patología:
    1. OXIGENOTERAPIA DOMICILIARIA
      • Patologías crónicas evolutivas y/o reversibles: gasometría, estudios cardiológicos, test de marcha, oximetría de pulso
      • Patologías agudas o reagudizaciones que requieren suplemento de oxígeno y que cumplen con los criterios anteriores: gasometría, estudio funcional respiratorio, test de marcha
    2. PEDIATRÍA 
      • Oximetría de pulso, gasometría, examen cardiovascular (incluyendo ecocardiograma)
    3. EQUIPOS DE ASISTENCIA VENTILATORIA 
      • Síndromes de Apnea/ Hipopneas obstructivas del sueño: Polisomnografía sin CPAP/basal y con CPAP/ titulación 
      • Inuficiencia Ventilatoria: Gasometría, presiones bucales máximas.

Renovación:
Documentación necesaria

La Delegación/región deberá escanear la documentación para la tramitación por IOMA, en conjunto con FEMAPE
C
onsultas en FEMAPE:  0221 439-5000

Una vez que IOMA reune la documentación, realiza la auditoría y FEMAPE indica quién será la empresa proveedora de lo autorizado. Las RENOVACIONES se realizan como tales si es el mismo servicio y la misma empresa la que lo realiza; en caso de haber cambios se toma como ALTA. Autorizada la prestación, la misma estará disponible como ACTA DE PRESTACIÓN en la App IOMA DIGITAL, este sitio web o también puede solicitarse en la Delegación.

En el caso de necesitar solicitar la baja descargá esta Planilla:
Baja de la prestación >>

El ACTA DIGITAL debe ser facilitada a la empresa proveedora al momento de la entrega. La misma se deberá realizar dentro del mes de autorización, con los equipos requeridos, en perfecto estado y óptimas condiciones funcionales, debiendo instruir al afiliado de su correcto uso y cuidado.  

Se podrá realizar control periódico por parte de lOMA mediante auditorías de terreno, sin previo aviso al prestador. IOMA podrá solicitar a FEMAPE y/o a los profesionales la información que resulte pertinente, realizar las auditorías, inspecciones o pericias con miras a comprobar la efectiva prestación de los servicios contratados, la eficiencia de los mismos y el cumplimiento de las normas legales y/o reglamentarias que resulten de aplicación, siendo obligación de aquellos brindar lo requerido en tanto no se oponga con norma vigente alguna, así como colaborar en la función de contralor de IOMA.

Consultas:  0810 – 999 – 4662