Para afiliados con discapacidad visual como patología de base

Para afiliados con discapacidad visual que demande asistencia intensiva otorgamos cobertura en Centro de Día especializados en la atención del mencionado déficit.

PARA INSTITUCIONES CON CONVENIO

No debés  iniciar trámite, sino que lo realiza la Institución. La solicitud de autorización para Alta o Renovación (que no cumpla con requisitos de “Prórroga de cobertura”) será presentada por la Institución en sobre cerrado, en la Delegación más cercana a tu domicilio.

La documentación es igual que para Instituciones SIN Convenio.

La Institución te solicitará parte de la misma para luego presentarla en IOMA.

Una vez que la auditoría especializada emite informe técnico: si la prestación se encuentra justificada y completa dentro de Resoluciones vigentes, se emite Orden de autorización en original y se reenvía la respuesta a la Institución.

En caso de tratarse de Renovación y cumplir con requisitos para “Prórroga de cobertura”, la Institución debe realizar la carga de la documentación vía web de IOMA.

Instructivo para la carga >>

Prórroga de cobertura 2018 para Instituciones con y sin Convenio >>

La cobertura por Prórroga quedará supeditada al informe de la Auditoría.

PARA INSTITUCIONES SIN CONVENIO

Modalidad de cobertura: trámite por vía de Autorización.

Solicitud de Alta:
Documentación necesaria

  • Presentación del DNI del afiliado.
  • Fotocopia del CUD (Certificado Único de Discapacidad).
  • Prescripción médica con carácter de derivación redactada por médico de cabecera y/o oftalmólogo.
  • Informe de admisión del establecimiento.
  • Plan de tratamiento propuesto por equipo del establecimiento.
  • Cronograma de actividades propuesto por el establecimiento.
  • Presupuesto propuesto por el establecimiento.

Solicitud de Renovación:
Condiciones y requisitos a cumplir por la Institución:

Los afiliados que en el periodo anterior contaron con autorización de IOMA para esta cobertura, podrán acceder a la “Prórroga de Cobertura” siempre y cuando:

  • La Institución se encuentre habilitada para su funcionamiento en la modalidad adecuada por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires o la otorgada por la Superintendencia de Servicios de Salud de Nación.
  • La orden de autorización de IOMA al afiliado o la orden de prestación no digan lo contrario.
  • La Institución ingrese la información que será solicitada para la prórroga de cobertura año 2018 a través de este sitio.

Instructivo para la carga >>

Prórroga de cobertura 2018 para Instituciones con y sin Convenio >>

No debés iniciar trámite, sino que lo realiza la Institución.

La cobertura por Prórroga quedará supeditada al informe de la Auditoría Central y/o en terreno. Aquel Centro de Día que no cumpla con los requisitos establecidos por Resolución o que desde el Área Educativo Terapéutico se considere que por algún debiera suspenderse la cobertura, será notificado y quitado del circuito de liquidación, hasta que se constate que se han modificado las razones que dieron lugar a la interrupción de la autorización.

Documentación para Renovación en Centro de Día que no cumplan las condiciones y/o requisitos de “Prórroga de Cobertura” estipuladas.

El afiliado deberá iniciar el mismo trámite que para el inicio de la prestación.