Los agentes de IOMA contamos con la opción de cobrar seguros de vida. En nuestro recibo de sueldo está realizado el descuento de antemano. En caso de no querer contar con el seguro deberás darle la baja en el Sector Sueldos.
COSTOS MENSUALES A DESCONTAR EN EL SUELDO:<
- Seguro de vida individual (código en recibo de sueldo 072): $ 150,00
- Seguro de vida por cónyuge/conviviente (código 102): $ 150,00
- Amparo familiar (código 101): $ 61,80
TIPOS DE SEGUROS
- Seguro de Vida optativo Individual
Se cobra ante la muerte del agente de IOMA
Capital asegurado $ 300.000
- Seguro de vida optativo por cónyuge/conviviente
Se cobra ante la muerte del cónyuge/concubino del agente de IOMA
Capital asegurado $ 300.000
Estos dos seguros comprenden además un seguro por incapacidad (para el titular y su cónyuge) que se activa ante la muerte, incapacidad total o parcial permanente como consecuencia de enfermedad o accidente, indemnización adicional equivalente al 100 % en caso de muerte por accidente, pérdidas anatómicas y/o funcionales causadas por accidente, pago parcial anticipado de la indemnización por fallecimiento en caso de enfermedad terminal y trasplante de órganos.
- Seguro optativo de Amparo Familiar
- Capital asegurado por fallecimiento de titular, cónyuge y/o concubino, hijos: $ 30.000
- Capital asegurado por fallecimiento de padres y padres políticos: $ 5.000
REQUISITOS GENERALES
- En caso de fallecimiento de hijos o padres: fotocopia del acta de nacimiento autenticado por Registro de las Personas.
- En caso de fallecimiento de cónyuge o suegros: fotocopia del acta de matrimonio actualizada y autenticada por el Registro de las Personas. Para el caso de convivencia presentar certificado de nacimiento de los hijos para demostrar el vínculo o documentación que acredite la convivencia.
- Para todos los casos: fotocopia autenticada del acta de defunción o del certificado de defunción.
- Fotocopia de los dos últimos recibos de sueldo del empleado.
- Fotocopia del DNI del beneficiario (1° y 2° hoja)
- CBU nominado de todos los beneficiarios
Información adicional
- Los hijos están asegurados desde su concepción hasta los 21 años inclusive.
- Los padres o suegros deben ser menores de 70 años inclusive, al momento de su incorporación al seguro.
- Los esposos o cónyuges deben ser menores a 64 inclusive, al momento de ingresar al seguro.
- Para el cobro del seguro, deben haber pasado más de tres meses desde su contratación.
- Cuando el agente se inscribe, debe aclarar los beneficiarios que vayan a cobrarlo. Se aconseja que los mismos sean mayores de edad.
- Desde el momento del fallecimiento, hay un año para realizar el reclamo.
- Los beneficiarios deberán completar los formularios correspondientes (ver Formularios Dto. Liquidaciones en nuestra web) y llevarlos junto con la documentación al 4° piso de Sede Central, Sector Sueldos.
Consultas:
Departamento de Liquidaciones, Sector Sueldos- 4 piso – Tel 221 – 4214365