Seguros de vida

Los trabajadores de IOMA contamos con la opción de cobrar seguros de vida. En nuestro recibo de sueldo está realizado el descuento de antemano. En caso de no querer contar con el seguro deberás darle la baja en el Sector Sueldos.

Tipos de seguros

  • Seguro de Vida optativo Individual
    Se cobra ante la muerte del agente de IOMA
    Capital asegurado: el equivalente a 20 sueldos
  • Seguro de vida optativo por cónyuge/conviviente
    Se cobra ante la muerte del cónyuge/concubino del agente de IOMA
    Capital asegurado: el equivalente a 20 sueldos (como sueldo, se consideran los rubros fijos sujetos a aportes jubilatorios).

Estos dos seguros comprenden además un seguro por incapacidad (para el titular y su cónyuge) que se activa ante la muerte, incapacidad total o parcial permanente como consecuencia de enfermedad o accidente, indemnización adicional equivalente al 100 % en caso de muerte por accidente, pérdidas anatómicas y/o funcionales causadas por accidente, pago parcial anticipado de la indemnización por fallecimiento en caso de enfermedad terminal y trasplante de órganos.

  • También contamos con un Seguro optativo de amparo familiar para los casos de fallecimiento de hijos, padres y padres políticos. 

 Requisitos generales

  • En caso de fallecimiento de hijos o padres: fotocopia del acta de nacimiento autenticado por Registro de las Personas.
  • En caso de fallecimiento de cónyuge o suegros: fotocopia del acta de matrimonio actualizada y autenticada por el Registro de las Personas. Para el caso de convivencia presentar certificado de nacimiento de los hijos para demostrar el vínculo o documentación que acredite la convivencia.
  • En la sección Intranet / Formularios/SEGUROS PROVINCIA encontrarás todas las planillas referentes a este tema.

Para todos los casos:

 Información adicional

– Los hijos están asegurados desde su concepción hasta los 21 años inclusive.
– Los padres o suegros deben ser menores de 70 años inclusive, al momento de su incorporación al seguro.
– Los esposos o cónyuges deben ser menores a 64 inclusive, al momento de ingresar al seguro.
– Para el cobro del seguro, deben haber pasado más de tres meses desde su contratación.
– Cuando el agente contrata el seguro o desea cambiar de beneficiarios, debe completar el Formulario de Solicitud de designación/actualización de beneficiarios. Se aconseja que los mismos sean mayores de edad. Dicho Formulario se presenta por triplicado en el área de Liquidación de sueldos (7° piso, Sede Central).
– Desde el momento del fallecimiento, hay un año para realizar el reclamo.

Consultas: Departamento de Liquidaciones, Sector Sueldos – 7° piso – Tel. 0221 – 421-1365 – Sede Central.
liquidaciones_sueldos@ioma.gba.gov.ar