Programa Cuidarte: carga de trámites y facturación

Información para la carga on line de trámites de Programa Cuidarte

  1. En la Delegación o a través del mail programacuidarte.ioma@gmail.com se debe declarar las localidades que el prestador tiene disponibilidad de servicios, para que la Delegación asista a la persona afiliada cuando requiera este tipo de prestaciones.
  2. La persona afiliada concurre al prestador CUIDARTE con la planilla de ingreso completa por Médico Especialista en Oncología. Se descargá desde acá y se lleva junto a los estudios complementarios respaldatorios.
  3. El centro verifica la documentación, carga la planilla y remite vía web a IOMA Central para la auditoría. Recordar cargar:
    – CUD si lo tuviera.
    – Inicio
    – Toda la información con respecto a diagnóstico, fecha de inicio de la patología, antecedentes, estudios complementarios.
  4. Se realiza la auditoría del trámite acorde a la normativa vigente.
    • Si el auditor requiere de mayor información, será visible en el sistema para incorporar como TRÁMITE PENDIENTE DE RESPUESTA DEL PRESTADOR hasta el momento en que se envíe la información solicitada.
  5. Luego de finalizada la auditoría, se confecciona la autorización para iniciar la prestación que deberá comenzarse en 48-72hs.
  6. A mes vencido, y luego de la convalidación prestacional, se emite el ACTA DIGITAL para la posterior facturación.

Importante (resumen de pautas prestacionales):

  • Cualquier solicitud debe contar expresamente con objetivos y plazos de cumplimiento.
  • La carga de los trámites debe ser al momento de la solicitud por parte de la/el afiliada/o al prestador, sin retrasos en la carga.
  • Es posible agregar submódulos al momento o luego de la carga de los módulos de internación, siempre con la debida documentación respaldatoria.
  • La renovación de los módulos de internación mensual requerirá de la evaluación de independencia funcional (por ejemplo mediante el índice de Barthel o la escala de FIM). Es importante realizarlas previo al mes de comienzo del tratamiento propuesto.
  • Las cargas horarias de cada módulo deberán cumplimentarse indefectiblemente, o el mismo podrá considerarse como autorizable bajo la modalidad que más se le aproxime.

 Carga de trámites PROGRAMA CUIDARTE >>

Información para facturación de las prestaciones

Todo prestador debe presentar la documentación en la Delegación correspondiente a la localidad del prestador.

Recordar que es un trámite por cada tipo afiliatorio:

  • Un trámite para el total de afiliadas/os obligatorios en una factura con misma prestación.
  • Un trámite para el total de afiliadas/os voluntarios en una factura con misma prestación (recordar que son los afiliadas/os afiliados que finalizan en /92 o /95).
  • Un trámite para el total de afiliadas/os colectivos en una factura con misma prestación.

Documentación a presentar (en este orden):

  1. Carátula del trámite con nombre del Centro, CUIT, teléfono/mail de contacto, mes de facturación, ente, tipo de afiliación (Obligatorios, Voluntarios o Colectivos), cantidad de facturas, sus respectivos números y montos, número de facturas, total facturado.
  2. Factura original:
    – Debe estar dirigida a IOMA con número de CUIT 30-62824952-7
    – IVA Sujeto Exento
    – No tener el CAE vencido
    – Se debe presentar una única prestación mensual por mes calendario (periodo desde… hasta…)
    – La fecha debe ser a mes vencido (por ejemplo, si se factura el mes de enero 2022, la fecha de factura deberá ser febrero 2022)
    – El monto total no puede estar ni corregido ni enmendado ni tachado.
    – En el detalle debe constar cantidad de afiliados, prestación, mes que se factura y Resolución por la cual se hace el cálculo del monto facturado.
  3. Planilla de Resumen mensual en original firmada y sellada por la/el prestadora/or: contendrá el listado de todas las personas afiliadas con cada número de afiliado, nombre y apellido, prestación, valor.
  4. Desde MARZO 2022 están disponibles las ACTAS DIGITALES para facturar. Desde MARZO 2022 están disponibles las ACTAS DIGITALES para facturar.
    1. En todas las facturaciones deben estar todas las prórrogas, actas o autorizaciones vigentes de cada concurrente.
    2. Las actas deben estar actualizadas (vigencia de la facturación correspondiente) presentado el original en el primer mes de facturación, o copia a partir del segundo mes facturado o subsiguiente.
  5. Historia clínica/resumen donde se pueden constatar las prestaciones brindadas. Complementar con la Planilla de Asistencia con:
    1. Día y horario de la sesión durante el mes prestacional a facturar.
    2. Firma de la/el profesional.
    3. Firma de la/el afiliada/o o madre/padre/tutor.
  6. Certificaciones afiliatorias actualizadas (se pueden consultar acá)
  7. Constancia de opción de AFIP / inscripción vigente.

¿Cómo calcular cuánto deben facturar?
Chequear por cada afiliada/o presentado la cantidad de módulos autorizados de acuerdo al mes que corresponda y la cantidad de prestaciones brindadas. Tener en cuenta los valores consignados más abajo.

Montos de VALORES de la Prestación (actualizado a MARZO  2024) >>

Resolución 642/2024 >>
Resolución 3571/2023 >>

Encontrá acá todas las Resoluciones 

Para facturar cualquier  DIFERENCIA/AJUSTE con respecto a una facturación abonada previamente, realizar la presentación de la siguiente manera:

  1. Carátula del trámite tal cual fue descrita anteriormente, especificando que es la DIFERENCIA/AJUSTE con el MES PRESTACIONAL original
  2. Factura y en el detalle aclarar:
    • Que es DIFERENCIA y especificar el período correspondiente al cual van a facturar la diferencia.
    • Colocar el número de resolución vigente por la cual se permite facturar la DIFERENCIA.
    • Mencionar el número de facturas a la que se hace referencia.
  3. Las copias de las facturas oportunamente presentadas y abonadas de la cuales se está haciendo referencia.
  4. Constancia inscripción de AFIP vigente.
  5. Comprobante de CAE.
  6. Planilla de resumen mensual (firmada y sellada por el prestador), del periodo que se quiere facturar la diferencia.
  7. Acta / autorización vigente presentada de cada mes de la cual se está haciendo de referencia.

 Dudas frecuentes

  • Pueden presentar la factura del mes prestacional con valores de la nueva Resolución a partir del momento de comunicación de la misma.
    – ENTONCES: si durante JUNIO se comunican los nuevos valores, el mes prestacional JUNIO podrá ser presentado en JULIO a nuevo valor.
  • Los únicos meses autorizados a ser presentados para el cobro del AJUSTE son los que menciona la Resolución como vigentes para la misma; siempre y cuando se hayan brindado prestaciones en dichos meses.
    – EJEMPLO:  si la Resolución comunicada en JUNIO muestra que hubo cambios de valores a partir de MARZO, se pueden presentar los ajustes mencionados para MARZO, ABRIL Y MAYO, por separado cada mes prestacional.
  • Las facturas para dichos meses deberán haber sido presentadas en las Delegaciones.
  • Si aún no presentaron las facturas podrán hacerlo a nuevo valor directamente.
  • El cobro de la DIFERENCIA/AJUSTE es sobre el monto liquidado previamente; es decir, si hubo débitos aplicados sobre las facturas presentadas; el ajuste es calculado sobre el monto facturado menos los débitos aplicados.