Rehabilitación para pacientes no ambulatorios

Esta prestación puede brindarse en Instituciones CON o SIN convenio con IOMA.

Otorgamos cobertura a afiliados con discapacidad visual no ambulatorios (que deban permanecer en su domicilio) con certificación de profesional médico clínico y/o fisiatra por un plazo de tiempo de no más de 3 meses con probable extensión de la misma, de acuerdo a la patología.

Ofrecemos cobertura de sesiones especiales (tratamiento individual) en domicilio.

El profesional capacitado (maestro integrador o profesor de ciegos y disminuidos visuales) será el encargado de propiciar el proceso de rehabilitación, fortalecer destrezas y habilidades a través de manejo de braille, orientación y movilidad (entrenamiento en manejo de bastón blanco), actividades básicas cotidianas, computación, comunicación aumentativa alternativa y otros.

PARA INSTITUCIONES CON CONVENIO

No debés iniciar trámite, sino que lo realiza la Institución. La solicitud de autorización para Alta o Renovación será presentada por la Institución en sobre cerrado, en la Delegación más cercana a tu domicilio.

La documentación es igual que para Instituciones SIN Convenio.

La Institución te solicitará parte de la misma para luego presentarla en IOMA.

Una vez que la auditoría especializada emite informe técnico: si la prestación se encuentra justificada y completada dentro de Resoluciones vigentes, se emite Orden de autorización en original y se reenvía la respuesta a la Institución.

PARA INSTITUCIONES SIN CONVENIO

Modalidad de cobertura: trámite por vía de Autorización.

Solicitud de Alta o Renovación:
Documentación necesaria:

  • Presentación del DNI del afiliado.
  • Derivación médica: prescripción médica con carácter de derivación redactada por médico clínico de cabecera y/o oftalmólogo.
  • Plan de tratamiento.
  • Cronograma de actividades.
  • Presupuesto propuesto por profesional capacitado (maestro integrador o profesor de ciegos y disminuidos visuales) y por la institución.
  • Fotocopia de currículum y de certificaciones que acrediten la formación del profesional en tratamiento de personas con discapacidad visual.